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Memorándum sobre la cuestión del Sáhara Occidental – Frente POLISARIO -Agosto 2025

Memorándum sobre la cuestión del Sáhara Occidental – Frente POLISARIO -Agosto 2025

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概要

I. El Sáhara Occidental es una cuestión de descolonización incluida en la lista de las Naciones Unidas, y su pueblo, el pueblo saharaui, tiene un derecho inalienable a la libre determinación y la independencia. Esta sección enfatiza que el Sáhara Occidental es un Territorio No Autónomo en la lista de la ONU desde 1963 y que el pueblo saharaui tiene un derecho inalienable a la libre determinación e independencia, de acuerdo con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General. La Corte Internacional de Justicia respaldó este derecho en 1975. • II. Marruecos no ejerce soberanía alguna sobre el Sáhara Occidental y su presencia en el Territorio es una ocupación ilegal y forzosa que constituye una violación de la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional. Se argumenta que Marruecos invadió militarmente el Sáhara Occidental en 1975, lo que se considera una violación de la Carta de la ONU y del derecho internacional. Se destaca que ni la ONU ni otras organizaciones han reconocido la "legitimidad" de esta ocupación. El dictamen jurídico de la ONU de 2002 estableció que el "Acuerdo de Madrid" no transfería soberanía ni alteraba el estatus del Sáhara Occidental. Además, sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (2016, 2024) y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (2022) han reafirmado el estatus separado del Sáhara Occidental y la ilegalidad de la ocupación marroquí. • III. El Plan de Arreglo de las Naciones Unidas y la Organización de la Unidad Africana es un compromiso práctico y el único acuerdo mutuamente aceptado por ambas partes y aprobado de forma unánime por el Consejo de Seguridad. Esta sección describe el Plan de Arreglo, aceptado por el Frente POLISARIO y Marruecos, y aprobado por el Consejo de Seguridad en 1990 y 1991, que estableció la MINURSO para un referéndum de libre determinación. El Frente POLISARIO sigue comprometido con este plan y el mandato de la MINURSO. • IV. Los países comprometidos con la defensa de la Carta de las Naciones Unidas y la legalidad internacional no deben seguir tolerando los intentos de Marruecos de imponer por la fuerza un hecho consumado en el Sáhara Occidental Ocupado. Se acusa a Marruecos de incumplir sus compromisos, impedir el referéndum y violar el alto el fuego de 1991 al invadir más territorio en 2020, lo que desencadenó una nueva guerra. Se critican los intentos de Marruecos de recabar apoyos para su "propuesta" colonialista de 2007, que busca frustrar la descolonización. Se insta a los Estados Miembros a no apoyar la anexión ilegal del Sáhara Occidental. • V. La República Saharaui (RASD), miembro fundador de la Unión Africana, es un elemento fundamental de equilibrio en la región y una firme defensora de los principios fundacionales de la Unión Africana. Se afirma que la proclamación de la RASD en 1976 es la encarnación de la aspiración nacional del pueblo saharaui y que, como miembro fundador de la Unión Africana, es una realidad nacional, regional e internacional irreversible y un elemento clave para la paz y estabilidad en África. La RASD está comprometida con las decisiones de la UA sobre el Sáhara Occidental. • VI. El Frente POLISARIO está comprometido con una solución pacífica, justa y duradera en consonancia con el derecho internacional y con el cumplimiento de las garantías planteadas en su propuesta de 2007. El Frente POLISARIO busca una solución pacífica y duradera y se compromete a cumplir las garantías de su "Propuesta del Frente POLISARIO para una solución política mutuamente aceptable que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental" de 2007. Esta propuesta es vista como una concesión para la paz. En caso de independencia, el Estado saharaui se compromete a establecer relaciones normales y de cooperación con Marruecos. • VII. El derecho del pueblo saharaui a la libre determinación es inalienable e imprescriptible, y el libre ejercicio de este derecho es el único camino viable hacia una solución pacífica, justa y duradera. Se reafirma que el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui es inalienable e imprescriptible, y que cualquier enfoque que menoscabe su libertad de elección o predetermine el resultado es incompatible con el derecho internacional. Se advierte contra "planes" que recompensarían a Marruecos por su ocupación ilegal, sentando un precedente peligroso. • VIII. Poner fin a 50 años de ocupación de Marruecos es una prueba decisiva de la credibilidad de las Naciones Unidas y la comunidad internacional y de su compromiso con un orden internacional basado en normas. Se subraya que 50 años de ocupación marroquí representan una negación persistente del derecho a la libre determinación y una violación de normas fundamentales del derecho internacional. Poner fin a esta ocupación es crucial para la credibilidad de la ONU y la comunidad internacional. Se hace un llamado a la ...
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